Saltar al contenido
¿Estás viviendo una violación a tus derechos? La orientación es gratuita.
Ir a Derechos ContigoDerechos humanos e IA
Sello del Consejo Internacional de Derechos Humanos Consejo Internacional
de Derechos Humanos
Organismo No Gubernamental

Inicio / Quiénes somos / Normatividad

Normatividad del Consejo

Las reglas con las que servimos, a la vista de cualquiera.

El código de conducta, el reglamento del voluntariado y el protocolo del visor ciudadano. Son las reglas que acepta toda persona que recibe un nombramiento del Consejo.

Código de conductaReglamento del voluntariadoProtocolo del visor
Documento 1

Código de conducta

Aplica a toda persona con nombramiento o credencial del Consejo.

Versión provisional 1.0, en vigor desde el 26 de octubre de 2026 y sujeta a la ratificación de la Presidencia y a la revisión del Consejo Nacional Jurídico Académico. Lo que cambie se publicará aquí con su fecha.

  1. Dignidad y respeto. Trato digno y sin discriminación por origen, género, edad, discapacidad, religión, condición social, preferencia política o cualquier otra razón.
  2. Servicio gratuito. La orientación y el acompañamiento del Consejo no se cobran. Ninguna persona nombrada pide dinero, dádivas ni favores a cambio de su ayuda, de un trámite o de un nombramiento.
  3. Uso correcto de la credencial. La credencial, la insignia y la funda oficial identifican a quien sirve. No se usan para presionar, intimidar, obtener ventajas ni aparentar una autoridad que no se tiene.
  4. No somos autoridad. Nadie nombrado detiene, sanciona u ordena, ni sustituye a una autoridad: orienta, acompaña y media.
  5. Apartidismo. El nombre, la imagen y los recursos del Consejo no se usan para campañas de partidos ni de candidaturas.
  6. Verdad. No se afirma lo que no consta ni se difunden acusaciones sin sustento.
  7. Confidencialidad. Los datos y los casos de las personas atendidas se protegen conforme al aviso de privacidad.
  8. Conflicto de interés. Quien lo tenga lo declara y se excusa.
  9. Gestiones. Los oficios a instituciones se giran con visto bueno previo de la Presidencia y copia para su conocimiento.
  10. Imagen y seguridad jurídica. Todo acto que comprometa la imagen, la seguridad jurídica o la estabilidad del Consejo es responsabilidad de quien lo propicie.
  11. Reportes y consecuencias. Cualquier persona puede reportar un mal uso de la credencial; el Consejo acusa recibo en cinco días hábiles. Las faltas pueden llevar a amonestación, suspensión o baja del nombramiento, siempre con derecho de audiencia previa.
Documento 2

Reglamento del voluntariado

Cómo se entra, qué se recibe, qué se debe y cómo termina un nombramiento.

Versión provisional 1.0, en vigor desde el 26 de octubre de 2026 y sujeta a la ratificación de la Presidencia y a la revisión del Consejo Nacional Jurídico Académico. Lo que cambie se publicará aquí con su fecha.

  1. Qué es. El voluntariado es la base del Consejo: personas que sirven sin remuneración.
  2. Quién puede serlo. Personas mayores de edad, con INE vigente, que acepten el código de conducta y el aviso de privacidad.
  3. Cómo se ingresa. Solicitud, documentos, filtros de admisión y ceremonia de investidura. El proceso tarda 20 días en promedio.
  4. Quién revisa y quién aprueba. El consejo estatal recibe la solicitud y la revisa; el Consejo Nacional Jurídico Académico aplica los filtros de admisión; la Presidencia aprueba, firma y autoriza el nombramiento y la credencial.
  5. Versión de la credencial. Corresponde al nivel de afiliación elegido (impresa, plateada o dorada); el cargo se imprime en la credencial y la dirección nacional lleva siempre la dorada.
  6. Derechos. Capacitación progresiva, vinculación institucional, respaldo de la plataforma de expertos y una credencial verificable.
  7. Obligaciones. Cumplir el código de conducta, asistir a la capacitación, usar la credencial solo para el servicio e informar a su consejo estatal de sus gestiones.
  8. Vigencia y renovación. Cada nombramiento dura dos años. Se renueva a solicitud de la persona, con el visto bueno de su consejo estatal y la firma de la Presidencia, siempre que haya cumplido sus obligaciones.
  9. Suspensión. Procede ante un reporte fundado o una falta al código de conducta. La decide la Presidencia, previa audiencia, y la verificación muestra el folio como suspendido mientras se resuelve.
  10. Baja y revocación. Proceden por renuncia, falta grave o mal uso de la credencial. La revocación la firma la Presidencia con la opinión de la Contraloría Nacional, previa audiencia; el folio queda revocado de forma permanente.
  11. Datos personales. Los documentos (INE y domicilio) se resguardan en una carpeta privada, conforme al aviso de privacidad.
  12. Casos no previstos. Los resuelve la Presidencia.
Documento 3

Protocolo de actuación del visor ciudadano

Qué puede hacer un visor, qué no, y a quién escala cada caso.

Versión provisional 1.0, en vigor desde el 26 de octubre de 2026 y sujeta a la ratificación de la Presidencia y a la revisión del Consejo Nacional Jurídico Académico. Lo que cambie se publicará aquí con su fecha.

Qué hace un visor. Observa con respeto la actuación de la autoridad, acompaña a la persona que lo pide, la orienta sobre sus derechos con los protocolos del Consejo, media cuando las partes lo aceptan, y documenta lo que ve (hora, lugar y datos visibles) para reportarlo.

Qué no hace. No detiene ni retiene a nadie, no obstruye ni interfiere con diligencias, no da asesoría jurídica si no es abogado (canaliza a la Red Jurídica), no recibe dinero ni favores, no se presenta como autoridad y no difunde datos de las personas atendidas.

Cómo actúa, paso a paso.

  1. Se identifica con su credencial y avisa a su coordinación.
  2. Mantiene la calma y la distancia; observa y registra.
  3. Si la persona pide ayuda, la orienta con el protocolo que corresponda.
  4. Si hay riesgo para la vida o la integridad de alguien, llama al 911 y no interviene físicamente.
  5. Si hay un posible abuso, lo documenta y lo escala.

A quién escala. A la coordinación o delegación estatal; de ahí, al Consejo Nacional Jurídico Académico; y, en última instancia, a la Presidencia.

Si algo no se cumple

Reporta el mal uso de una credencial

Acusamos recibo en cinco días hábiles. Ningún reporte se publica.

Ayuda